 | ¿Qué es el Consejo de la Sociedad Civil (COSOC)? | | Es un órgano consultivo y autónomo constituido en base a la diversidad, pluralidad y representatividad por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la misión del ministerio y que abordará temas relativos a sus planes, políticas, programas, proyectos y presupuesto. | | | ¿Cuál es el objeto del Consejo? | | Tiene por objeto incorporar la voz de la ciudadanía en todo el ciclo de gestión de las políticas públicas y velar por el fortalecimiento de la gestión pública participativa. | | | ¿Cuáles son sus funciones? | | 1) Elaborar su plan de trabajo anual. 2) Seguir y evaluar los planes, programas y proyectos del Ministerio de Obras Públicas. 3) Seguir la información presupuestaria del Ministerio de Obras Públicas entregando informes trimestrales de ejecución presupuestaria. 4) Canalizar inquietudes, sugerencias y propuestas de interés público sobre los planes, programas y proyectos del Ministerio de Obras Públicas. 5) Definir las modalidades apropiadas de consultas ciudadanas. 6) Conocer y participar de la preparación de la Cuenta Pública Participativa, emitir opiniones y/u observaciones antes de su rendición. 7) Consultar sobre anteproyectos de ley sobre materias asociadas al Ministerio de Obras Públicas. 8) Evaluar y seguir la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Obras Públicas. | | | ¿Quiénes componen el COSOC? | | El Consejo de la Sociedad Civil estará integrado hasta por 31 miembros, 28 son representantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la misión del ministerio y por 3 funcionarios del Ministerio como interlocutores: uno designado por el Ministro, otro por el Subsecretario (secretario de actas) y el encargado de la Unidad de Participación Ciudadana (secretario ejecutivo) y también designado por el Ministro, quien podrá citar a funcionarios en atención a los temas que se traten. | | | Mayor información del COSOC | | - Ir al sitio COSOC MOP - Ver Actas del COSOC Consejo de la Sociedad Civil | | | |
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